Yenifer Paredes: ¿Por qué revocaron la prisión preventiva?

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La Segunda Sala Penal de Apelaciones del Poder Judicial revocó el mandato de prisión preventiva de 30 meses impuesto a Yenifer Paredes Navarro, al considerar que no existe peligro de fuga, puesto que tiene arraigo familiar por vivir en Palacio de Gobierno con la primera dama y presidente de la república, y al no existir indicios claros de obstaculización de la justicia.

La decisión de revocatoria de prisión preventiva fue respaldada por los magistrados Iván Quispe Aucca y Edgar Francisco Medina Salas. La jueza María Guillén Ledesma emitió un voto de discordia. Consideró que la medida impuesta a la cuñada del presidente, Pedro Castillo Terrones, era la adecuada.

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La cuñada del presidente Pedro Castillo fue recluida el 28 de agosto acusada de integrar la organización criminal llamada «Red criminal en el poder». Este grupo está dedicado a direccionar licitaciones públicas de obras y recibir beneficios económicos.

Junto al mandatario, la primera dama, Lilia Paredes; el ex ministro de vivienda Geiner Alvarado López y José Nenil Medina Guerrero, alcalde de Anguía (Chota, Cajamarca). Ellos serían los presuntos autores de los delitos de organización criminal y colusión agravada.

Peligro de fuga en el caso Yenifer Paredes

Los magistrados recordaron en su resolución los requisitos para aprobar una prisión preventiva: indicios que una persona cometió un delito, una sanción superior a los cuatro años de cárcel y peligro de fuga o obstaculización a la justicia.

Sobre este último punto los magistrados advirtieron que en las resoluciones de primera y segunda instancia, que avalaron al prisión preventiva, se interpretó erradamente el arraigo familiar, previsto en el artículo 269.1 del Código Procesal Penal.

Para los magistrados no se puede considerar que no tener un domicilio fijo, tener trabajo (actividad económica) o carga familiar es una causa para deducir que la investigada fugará para evadir a la justicia.

Extracto resolución Nro. 00319-2022-11-5001-JR-PE-08 Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional

En la resolución precisaron que producto de las diligencias desarrolladas por la Policía y Fiscalía se evidencia que Yenifer Paredes es hermana de la primera dama Lilia Paredes, esposa del presidente de la república, Pedro Castillo.

Esto le habrían dado el «trato de hija de la familia presidencial, lo que explicaría porque tendría residencia en Palacio de Gobierno» y que también tenga otro domicilio de Anguia, que también es domicilio de la pareja presidencial. Por ello no se podría considerar que no tiene nexos familiares o domicilio conocido.

Obstrucción de la justicia

La prisión preventiva se sustentó en que Yenifer Paredes evitó que la reunión desarrollada en la comunidad de Succha, donde ofrecía obras, sea grabada. Los jueces no comparten este punto de vista de la fiscalía.

Sobre esta presunción los magistrados advirtieron que la investigada no solicitó que la reunión no fuera grabada. Es más en una parte del audio precisan que ella misma menciona:  «Si lo graban no hay ningún problema para que ustedes tengan pruebas que se ha venido acá, pero no lo compartan por favor»

Video de emitido por programa periodístico Cuarto Poder en comunidad de Succha donde habría ofrecido obras.

El otro elemento considerado en este punto fue las llamadas telefónicas que tuvo la cuñada del presidente con un ministro a pesar de no ser funcionaria. Para los jueces estos indicios no son suficientes para presumir un peligro de obstaculización.

Es decir, que no se puede conjeturar que Yenifer Paredes haya realizado estas acciones clandestinas con la intención de ocultar las presuntas acciones ilegales desarrolladas en esos actos.

Los jueces también precisaron que Yenifer Paredes se entregó a la justicia lo que desbarata la tesis del Ministerio Público que la acusada no quería colaborar con la fiscalía.

Comparecencia con restricciones para Yenifer Paredes

De acuerdo a lo dispuesto Yenifer Paredes tendrá que cumplir una serie de reglas de conducta, en caso vulnere alguna sería nuevamente recluida en un penal.

La procesada no podrá ausentarse de la residencia que elija como domicilio habitual, ni cambiarlo sin tener la autorización del Juzgado de Investigación Preparatoria que supervisa la investigación y haber comunicado al Ministerio Publico.

Además, asistirá el primer día útil de cada mes a la oficina de registro y control biométrico de procesados y sentenciados libres, para registrar su huella digital. También, deberá asistir al Ministerio Público o Poder Judicial.

Por su lado José Nenil Medina Guerrero, alcalde de Anguía, no tuvo la misma suerte. Los magistrados declararon infundado su apelación la prisión preventiva de 30 meses en su contra.

Voto discordante de la jueza Guillén Ledesma

La jueza, María Guillén Ledesma, emitió un voto de discordia a la resolución de revocatoria de prisión preventiva emitida por los otros dos integrantes de la Segunda Sala Penal de Apelaciones del Poder Judicial.

Concordó con los otros magistrados en lo referido al arraigo familiar de Yenifer Paredes. Pero mencionó que la procesada tiene amplias facilidades para abandonar el país o ocultarse, debido a su estrecho vinculo con el Presidente de la Republica.

«Es evidente que ser la hija del Presidente de la República, quien, por añadidura, está siendo investigado por la Fiscalía de la Nación por delitos graves- entre ellos, el de organización criminal- potencia las posibilidades de ocultamiento de la imputada, las cuales no tendría un ciudadano común», menciona la magistrada.

Con relación a que la investigada demoró en abrir la puerta de ingreso a la residencia presidencial en una hora y 15 minutos y la desaparición de las imágenes de las cámaras de seguridad de Palacio de Gobierno, dijo que se pueden interpretar como una intención de obstaculizar la investigación.

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