La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condenó este viernes al Perú como responsable por la contaminación causada por una empresa metalúrgica a la comunidad de La Oroya, en la región Junín. La zona afectada fue considerada como una de las 10 localidades más contaminadas del planeta en el 2006.
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La CIDH, con sede en Costa Rica, responsabilizó al estado peruano por la violación de los derechos al medio ambiente sano, la salud, la integridad personal, la vida digna, el acceso a la información, la participación política, las garantías judiciales, la protección judicial, el derecho de la niñez, y a la vida.

CASO LA OROYA
Los hechos del presente caso ocurrieron en el distrito de La Oroya, el cual se encuentra ubicado en la Sierra Central del Perú. La Oroya tiene una población de más de 33,000 habitantes, y desde 1922 se instaló el Complejo Metalúrgico de La Oroya (CMLO).
El CMLO se ha dedicado a la fundición y refinamiento de metales con altos contenidos de plomo, cobre, zinc y arsénico, entre otros. En 1974 el complejo metalúrgico fue nacionalizado y pasó a ser propiedad de la empresa estatal Centromin, la cual operó el CMLO hasta 1997. En ese año, el CMLO fue adquirido por la empresa privada Doe Run Perú.

La actividad del CMLO en La Oroya ha tenido un impacto significativo en el medio ambiente, contaminando el aire, el agua y el suelo. En el año 2006, La Oroya fue catalogada como una de las 10 ciudades más contaminadas del mundo.
La contaminación del aire en La Oroya ha superado considerablemente los respectivos lineamientos de la calidad del aire establecidos en la legislación nacional peruana, y ha producido la presencia de metales -plomo incluido- en la sangre de la población.
POBLACIÓN EXPUESTA
El Tribunal corroboró que la exposición al plomo, cadmio, arsénico y dióxido de azufre
constituían un riesgo significativo para la salud de las víctimas, y que no recibieron atención médica adecuada por parte del Estado cuando adquirieron enfermedades.
Encontró que la exposición a la contaminación ambiental produjo graves alteraciones en la calidad de vida de las víctimas, generando además sufrimientos físicos y psicológicos que afectaron su derecho a la vida digna y la integridad personal.

La sentencia indica que el Perú incumplió con su obligación de proveer información completa y comprensible respecto de la contaminación ambiental a la que las víctimas se encontraban expuestas por las actividades del CMLO, y sobre los riesgos que dicha contaminación implicaba para la salud.
Asimismo concluyó que el estado peruano no brindó respuesta a las denuncias formuladas por las víctimas contra actos de hostigamiento y amenazas en contra de nueve víctimas que realizaron actividades en defensa del medio ambiente y la salud de los habitantes de La Oroya, incumpliendo así con su deber de investigar.
MEDIDAS DE REHABILITACIÓN EN LA OROYA
La CIDH ordenó a Perú realizar un diagnóstico de línea base para determinar el estado de la contaminación del aire, agua y suelo en La Oroya, el cual debe incluir un plan de reparación de daños ambientales; y brindar atención médica gratuita a las víctimas de este caso.
Además, ordenó al Estado que compatibilice la normativa que define los estándares de calidad del aire, con el fin de que los valores máximos permisibles en el aire para plomo, dióxido de azufre, cadmio, arsénico, material particulado y mercurio no sobrepasen los máximos necesarios para la protección del medio ambiente y salud de las personas.
REPARACIONES MONETARIAS
Incluso el Perú deberá pagar la indemnización por concepto de daño material, inmaterial, y el reintegro de costas y gastos establecidos en la sentencia en un plazo de un año. En la sentencia están comprendidas 80 personas afectadas por la contaminación además de dos entidades jurídicas.
El monto que debe pagar el Perú por los daños causados a los pobladores afectados por la contaminación al ecosistema en la Oroya superaría el millón de dólares.

Más de 400 mil dólares serán para los familiares de una adolescente que falleció a los 17 años por cáncer a la piel denominado linfoma cutáneo de células “T”. Antes de su deceso en el 2006 le practicaron estudios en laboratorio que detectaron que en su sangre había 0,96 µg/L de mercurio, 0,45 µg/L de cadmio y de 13,0 µg/L de plomo.


