La Fiscalía formalizó el pedido de prisión efectiva contra Harvey Colchado tras determinar que ocultó y fraguó datos de su historial laboral antes de asumir sus funciones en el Congreso. El legislador consignó en una declaración jurada notarial ser trabajador independiente, a pesar de que en ese momento ejercía como coronel de la Policía Nacional.
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Según la investigación fiscal, en la Notaría Paul Hinojosa Carrillo, el diputado de Ahora Nación otorgó un poder especial a Martina Huamaní Ordóñez. Dicho documento facultaba a la beneficiaria a administrar, alquilar o vender un inmueble en el distrito de Comas, propiedad que el acusado había adquirido mediante una herencia.
Un acto en el ámbito del derecho privado no tendría relevancia para la justicia penal, de no ser por lo manifestado por el propio parlamentario. Según la acusación del Ministerio Público, Harvey Colchado consignó desempeñarse como trabajador independiente, una afirmación ajena a la verdad. En abril de 2021, al momento de firmarse el documento, el actual legislador ostentaba el rango de coronel de la Policía Nacional y prestaba servicios en la ciudad de Lambayeque.

Mentir sobre situación laboral es un delito
A simple vista, sancionar penalmente a alguien por mentir sobre su condición laboral podría parecer desproporcionado o trivial. No obstante, esta conducta se enmarca claramente en el delito de falsedad ideológica, tipificado en el artículo 428 del Código Penal peruano.

El poder especial otorgado a Martina Huamaní Ordóñez fue inscrito ante la Sunarp para su elevación a escritura pública en mayo de 2021, adquiriendo así el estatus de documento público. Fue esta inscripción la que consumó el delito de falsedad ideológica, una infracción que el Código Penal sanciona con hasta 6 años de prisión.
¿Por qué 9 años de cárcel y no 6 años?
De acuerdo a lo mencionado, la pena máxima que debería recibir el diputado sería de 6 años. Sin embargo, para la Fiscalía, con este acto Harvy Colchado cometió también el delito de negociación incompatible o aprovechamiento indebido del cargo, previsto en el artículo 399 del Código Penal.

La existencia de dos delitos relacionados a un mismo hecho permite a la Fiscalía aplicar la figura legal del concurso real de delitos y, por ende, realizar una suma de las sanciones de ambos delitos. De allí que el Ministerio Público haya solicitado 9 años y 4 meses: por el delito de negociación incompatible, 5 años y 4 meses; y por falsedad ideológica, 4 años.
¿Qué dice el diputado sobre la acusación?
Frente a la acusación, el diputado de Ahora Nación publicó un comunicado en sus redes sociales en el que niega rotundamente haber incurrido en un delito. Asimismo, sostuvo que la imputación fiscal carece de elementos de convicción claros que lo vinculen con los hechos investigados.



