Sin objeciones por parte del Ministerio de Justicia ni del Ejecutivo, el Gobierno promulgó este miércoles la Ley 32181, que elimina la posibilidad de aplicar detención preliminar en casos de no flagrancia. Esta norma deroga el inciso ‘a’ del numeral 1 del artículo 261 del Código Procesal Penal, el cual permitía a los jueces dictar esta medida a solicitud del fiscal.
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Anteriormente, la detención preliminar se podía aplicar si existían razones plausibles para creer que una persona había cometido un delito con una pena mayor a cuatro años de prisión y existía riesgo de fuga o de obstaculización de la justicia.
A partir de este jueves 12 de diciembre, la detención preliminar solo podrá aplicarse en casos flagrantes, es decir, cuando el delito haya ocurrido dentro de las primeras 48 horas y la detención pueda extenderse hasta por 15 días. La norma fue promulgada directamente por la presidenta Dina Boluarte.

Reacciones a cambios en la detención preliminar
La decisión ha generado críticas entre expertos legales. Raúl Canelo, decano del Colegio de Abogados de Lima, calificó la norma como “antitécnica, inconstitucional y populista”. Por su parte, la abogada Rosa María Palacios advirtió sobre los riesgos que implica esta reforma: “Le acaban de facilitar la vida a los violadores de niños, porque es casi imposible encontrarlos en flagrancia y la prisión preventiva demora; mientras tanto, ellos huyen”.

Contexto político
La ley aprobada por el Congreso fue impulsada por el legislador Waldemar Cerrón, hermano del prófugo Vladimir Cerrón, y ratificada por el Ejecutivo. Esta decisión es percibida como un retroceso en la lucha contra la criminalidad organizada.

Desde el Ministerio Público, se ha exigido al Congreso que restituya la redacción anterior de la norma, con el fin de mantener herramientas efectivas para enfrentar delitos graves, como el crimen organizado, en el país.
Favorecidos con los cambios a la detención preliminar
Un total de 10 investigados por integrar la presunta organización criminal ‘Las Hienas Verdes’, entre ellos tres efectivos policiales, fueron liberados por disposición de la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Huaura pese a que contaban con la medida de detención preliminar de 15 días obtenida por la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Huaura – Segundo Equipo.
La decisión judicial se ejecutó luego que esta sala revocara la resolución del Primer Juzgado de la Investigación Preparatoria de Huaura, del 29 de noviembre último, que autorizaba el pedido fiscal de detención preliminar para dichos investigados, en cumplimiento de la Ley n.° 32181 que modifica el artículo 261 del Código Procesal Penal, referido a la detención preliminar judicial.

La medida –dada por mayoría– fue informada hoy durante la audiencia de apelación del auto de detención preliminar y allanamiento solicitado por la defensa de los detenidos, pese a que no ha existido un análisis de fondo sobre los fundamentos de la resolución impugnada.
Ante este hecho, la Fiscalía Superior Penal de Huaura presentará un recurso de casación para que la Sala Suprema del Poder Judicial revise y rectifique dicha decisión.
Como se recuerda, a los investigados se les imputa los delitos de extorsión, homicidio calificado, encubrimiento, tenencia ilegal de armas de fuego, y otros.


