lunes, mayo 29, 2023
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En el Perú toleraron el uso de fuerza letal en protestas

Amnistía Internacional mediante un nuevo informe ha informado que la Fiscalía de la Nación de Perú debe investigar a todas las personas, hasta el más alto nivel, que hayan ordenado o tolerado el uso ilegítimo de fuerza letal ejercido por las fuerzas de seguridad las protestas que se llevaron a cabo entre diciembre del 2022 y febrero del 2023 donde fallecieron 52 personas. De las cuales 20 pueden considerarse como ejecuciones extrajudiciales.

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“El uso de armas de fuego letales contra manifestantes muestra un flagrante desprecio por la vida humana. A pesar de los esfuerzos del gobierno por presentarlas como terroristas o delincuentes, las personas que murieron eran manifestantes, observadores y transeúntes. Casi todas ellas pertenecían a entornos pobres, indígenas y campesinos, lo que sugiere un sesgo racial y socioeconómico en el uso de fuerza letal”, ha manifestado Agnès Callamard, secretaria general de Amnistía Internacional.

VOCERA. Agnès Callamard, secretaria general de Amnistía Internacional encabeza delegación para presentar informe sobre represión estatal.

“Lejos de ser incidentes aislados atribuidos a agentes descontrolados que actúan por su cuenta, el número de muertes en múltiples fechas y diferentes lugares sugiere una respuesta estatal deliberada y coordinada. Las autoridades peruanas deben investigar la posibilidad de que altos cargos ordenaran o al menos toleraran estos homicidios, sin importar lo alto que lleguen en la cadena de mando.”

NUEVO INFORME

El informe, titulado Racismo letal: Ejecuciones extrajudiciales y uso ilegítimo de la fuerza por los cuerpos de seguridad de Perú, analiza 52 casos de personas fallecidas o heridas durante protestas en Andahuaylas, Chincheros, Ayacucho y Juliaca. Estos casos incluyen 25 muertes, 20 de las cuales pueden constituir ejecuciones extrajudiciales cometidas por fuerzas estatales.

En esos 20 casos, funcionarios encargados de hacer cumplir la ley dispararon munición real contra zonas sumamente vulnerables del cuerpo (la cabeza, el cuello, el tórax y el abdomen), y hay indicios adicionales, como vídeos, imágenes, expedientes penales y declaraciones de testigos, que señalan un uso injustificado de la fuerza. En los otros cinco casos mortales, Amnistía Internacional tiene indicios de posible uso excesivo de la fuerza.

INVESTIGACIONES. 20 casos estudiados por Amnistía Internacional pueden constituir ejecuciones extrajudiciales.

Cabe indicar que de 25 muertes documentadas por Amnistía Internacional, 15 fueron de jóvenes de menos de 21 años, muchos de ellos de familias pobres de ascendencia indígena

Las protestas que se desataron en gran parte de Perú en medio de una crisis política el pasado diciembre incluyeron cortes de carreteras, aeropuertos y otras infraestructuras. Las similitudes en el uso de la fuerza contra manifestantes en distintas partes del país indican una posible estrategia ordenada o tolerada por altos cargos.

NO HAY INVESTIGACIONES INMEDIATAS

Pese a las graves violaciones de derechos humanos cometidas, el Ministerio Público de Perú no ha llevado a cabo investigaciones inmediatas y exhaustivas. En la medida en que Amnistía Internacional lo ha podido determinar, la fiscalía aún no ha confiscado las armas que las fuerzas de seguridad utilizaron durante las operaciones, y tampoco ha interrogado a ninguno de los posibles agentes implicados, pese a que disponían de sus nombres.

DEFICIENTE. El trabajo de la fiscalía deja mucho que desear para Amnistía Internacional.

Dado el riesgo de impunidad por graves violaciones de derechos humanos y crímenes de derecho internacional, Amnistía Internacional pide a la Fiscalía que garantice que se llevan a cabo investigaciones inmediatas, exhaustivas e imparciales, que solicite asistencia técnica para las investigaciones penales a mecanismos regionales o internacionales de derechos humanos, y que garantice el acceso de las víctimas a la justicia.

EXIGEN RESPUESTA DE LA PRESIDENTA

La organización pide también a la presidenta Dina Boluarte que condene y ponga fin al uso, por parte de las fuerzas de seguridad, de fuerza letal y de munición prohibida, como por ejemplo perdigones, en la respuesta a las protestas. Además, el gobierno peruano debe llevar a cabo una evaluación urgente del racismo estructural que impregna las acciones de las instituciones estatales.

PRONUNCIAMIENTO. ONG exige posición firme a la mandataria.

Gina García es la alcaldesa encargada de Cerro Colorado

Al confirmarse la sentencia de ocho años de cárcel contra Manuel Vera Paredes, alcalde de Cerro Colorado, por el delito de lavado de activos queda vacante la alcaldía que debe ser asumida por Gina García que ahora es la alcaldesa encargada del distrito cerreño. La regidora no tiene estudios universitarios ni técnicos, pero según su hoja de vida dice ser administradora de personal o asesora empresarial.

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Eufemia Gina García de Rodríguez tiene 64 años de edad pertenece al partido político “Arequipa tradición y futuro” al igual que el sentenciado Vera Paredes. Ella nació en Puno, provincia de San Román, distrito de Juliaca y postuló a la alcaldía cerreña el 2018 por “Todos por Arequipa”.

ÚLTIMA ACTIVDAD. Manuel Vera en una de las últimas actividades en las que fue visto.

La política cumplió dos periodos como regidora por distintos movimientos políticos, sin embargo, en todos esos años no se le conoce mayor trabajo en el distrito cerreño. En Cerro Colorado tiene dos casas y otra en Mejía.

Actualmente ella es la alcaldesa encargada para ejercer todas las funciones y deberá convocar a una sesión de consejo para que sea declarada alcaldesa. Una vez tomada la decisión se debe informar al Jurado Nacional de Elecciones para que se le entregue las credenciales correspondientes.

LA “GATA” VALVIDIA

Manuel Vera Paredes fue elegido alcalde para el periodo 2011 -2014 y fue vacado. En esa ocasión fue reemplazado por Yenny “La Gata” Valdivia quien tuvo una gestión deficiente y por eso fue condenada a 8 meses de prisión suspendida por el delito de omisión de funciones al no cumplir con la limpieza pública ni recojo de basura. Antes de ser alcaldesa también fue regidora.

NO LE FUE BIEN. Yenny Valdivia, no tuvo una buena gestión.

 

Ocho años de prisión para el alcalde de Cerro Colorado

El distrito de Cerro Colorado se quedó sin alcalde luego que el Poder Judicial ratificará la sentencia condenatoria de ocho años de prisión efectiva para Manuel Vera Paredes como autor del delito de lavado de activos. Asimismo, se le incautaron una casa, un vehículo además deberá pagar una reparación civil de más de 180 mil soles.

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El colegiado declaró infundado el recurso de apelación presentado por el alcalde municipal a la condena de primera instancia donde no pudo justificar como adquirió un inmueble valorizado en más de 86 mil 976 soles, realizar un depósito bancario a plazo fijo de 100 mil soles en el Banco de Comercio y comprar un automóvil valorizado en 13, 790 dólares. Todo durante su primer periodo como burgomaestre de Cerro Colorado.

SIN SONRISA. Al ser condenado Manuel Vera deja de ser alcalde de Cerro Colorado.

¿NEGOCIO DE PATOS?

Según la acusación fiscal, el sentenciado Manuel Vera se habría enriquecido ilícitamente mientras se desempeñó como alcalde de Cerro Colorado, en su gestión del 2013. Si bien la exautoridad alegó que los recursos provenían de la venta de patos pekineses, en la investigación se determinó que su argumento no era válido y no logró acreditarlo. La Fiscalía probó que se realizó la adquisición de bienes sin justificar ingresos, uso de testaferros, hubo enriquecimiento desmedido o injustificado del procesado.

NO LE CREEN. Jueces dudan que su fortuna se deba a la crianza de patos como aseguró Vera Paredes.

EMBARGAN DE BIENES AL ALCALDE DE CERRO COLORADO

Con el adelanto de fallo, se ratificó la sentencia del 24 de octubre del año pasado, que además de declarar culpable a Manuel Vera Paredes, también le impuso el pago de 186 mil 976 soles por reparación civil a favor del Estado. Además de la incautación del vehículo Toyota Yaris de placa de rodaje V5K-438, el inmueble ubicado en la Urb. La Libertad Mz. J, Lote 6 en Cerro Colorado y 100 mil soles depositados.

PAREJA SENTENCIADA

Además, se ratificó la condena de 4 años suspendida por tres años para Juana Cutipa Vilcazani como cómplice por el delito de lavado de activos; y el pago de una reparación civil de 39 mil 900 soles que deberá abonar en forma solidaria con Vera Paredes.

Ahora Manuel Vera Paredes debe ser detenido y trasladado al penal de Socabaya para cumplir su condena. Sin embargo, el sentenciado esta como no habido luego de participar de la sesión solemne por el 69 aniversario del distrito.

INQUILINO. Una vez detenido Manuel Vera debe ser internado en el penal de Socabaya.

Robacasas murió de ataque al corazón en Cerro Colorado

En un primer momento todos presumieron que el maleante que ingreso a robar a una vivienda en la Asociación Hernán Bedoya Forja, en Cerro Colorado murió al ser linchado por los dueños del predio, sin embargo, la necropsia practicada al cadáver del robacasas concluyó que pereció debido a un ataque cardiaco. Las pesquisas continúan de parte de la policía y fiscalía.

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J.F.LL.R. a las 03:00 horas alertado por los extraños ruidos provenientes del primer piso de su casa decidió observar que pasaba. Él encontró a dos delincuentes que estaban robando el televisor de su sala y se les enfrentó para defender su hogar.

La policía y la fiscalía continúan con las pesquisas para dar con los demás integrantes de la banda.

EN DEFENSA PROPIA

En medio de la gresca uno consiguió escapar mientras con el otro se enfrentaron en la sala. En esas circunstancias el delincuente falleció y el dueño del predio resultó herido para ser auxiliado por sus familiares que viven en las inmediaciones.

Hasta la escena de delito llegó personal de distintas unidades especializadas de la policía. Verificaron que la puerta de la cochera fue violentada y los destrozos en la casa. No había duda se trataba de un robo a la vivienda y que en el hecho uno de los delincuentes pereció al enfrentarse al propietario que actuó en defensa propia.

Sin embargo, para esclarecer los hechos el dueño de la vivienda fue intervenido y el cadáver fue trasladado a la morgue como NN. Asimismo, se recabaron imágenes de videovigilancia de las viviendas colindantes.

FALLO CARDIACO

En el Instituto de Medicina Legal se consiguió identificar al maleante muerto como David Granda Ch. de 53 años de edad. La necropsia determinó que pereció un ataque al miocardio, es decir, sufrió un fallo cardiaco. El sujeto presentaba algunos hematomas, pero ninguna lesión grave.

Los resultados de la necropsia permiten no complicar la situación legal de J.F.LL.R.

Al revisar sus antecedentes policiales se descubrió que tenía denuncias por violencia sicológica, hurto y lesiones.

Los resultados de la necropsia permiten no complicar la situación legal de J.F.LL.R quien necesariamente deberá rendir su manifestación sobre los hechos acaecidos en su vivienda.

Congreso desconoce que estudian los escolares en el Perú

En el congreso de la republica parecen desconocer de muchos temas. Prueba de ello es la promulgación por insistencia la ley Nro. 31745 que pretende conseguir que en los colegios se enseñe educación cívica e historia del terrorismo. Norma que parece revestir importancia, pero en realidad es redundante, puesto que dichos temas ya son enseñados a escolares en el Perú.

La norma publicada el 18 de mayo en el diario el Peruano se denomina «ley que declara de interés nacional la introducción de contenidos curriculares de estudio sobre educación cívica e historia de la subvención y el terrorismo en el Perú en la instituciones educativa del país».

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En su articulo 2 señala que su finalidad promover que en el currículo nacional de educación básica regular se incluyan las temáticas mencionadas, para fortalecer la identidad nacional el sistema democrático. Una premisa que parece correcta y que podría llevarnos a pensar que en los colegios no se enseña nada sobre estos temas.

Sin embargo, esta presunción es falta. De allí que el Poder Ejecutivo observo la norma y la devolvió a la comisión de educación, salud y deporte del parlamento, advirtiendo que está generaba una sobrerregulación. Cuando una ley no es promulgada por el ejecutivo y devuelta al congreso con observaciones, el poder legislativo puede reformularla o promulgarla por insistencia. En este caso los parlamentarios tomaron la segunda opción.

Según el Ministerio de Educación (MINEDU) en el curso de Ciencias Sociales, Desarrollo Personal, y Ciudadanía y Cívica se incluye la competencia «Construye Interpretaciones Históricas». En esta materia se abordan los procesos históricos vinculados al «Terrorismo en el Perú entre los últimos 20 años del siglo XX».

Además, en la unidad 4 del texto escolar de «Historia, Geografía y Económica» del quinto año de secundaría entregado a institución públicas se desarrollar el tema del terrorismo desde el su surgimiento hasta la secuelas que dejo en la vida del país.

Esquema entregada al congreso por el MINEDU donde se muestra los temas tratados sobre terrorismo

Otra ley declarativa

Sobre está y otras observaciones realizadas por el Poder Ejecutiva a la ley, la Comisión de Educación, Juventud y Deporte emitió el dictamen. Como primer punto en este documento admiten que es una norma declarativa no tiene como objeto regular hecho regulados en esta caso por el MINEDU. Las leyes declarativa no obligan al ejecutivo a realizar acciones para cumplir los objetivos planteados por el congreso.

Con esta afirmación los parlamentarios aceptan que la norma no provocara ningún cambió en la curricular educativa, puesto que el MINEDU no esta obligar a regular lo que ya tiene regulado. Además de forma implícita aceptan que los contenidos de educación cívica y terrorismo ya son estudiados por los escolares.

Dictamen Comisión de Educación, Juventud y Deporte del Congreso

Añaden que la ley tiene por finalidad el fortalecimiento del sistema democrático y de la identidad nacional y que por ello vale la pena legislar sobre el tema. Por ello a entender de los congresista no resulta improductivo elaborar leyes sobre temas ya regulados por órganos del poder ejecutivo.

Toma de carreteras es un delito y no una forma de ejercer el derecho a la protesta

La conclusión de la Sala Permanente de la Corte Suprema es clara y contundente. La toma carreteras no es un forma legal de ejercer el derecho a la protesta. Es más, esa acción es un delito a ser sancionado según lo previsto en el Código Penal. Es decir penas cárcel que puede ir desde 4 hasta los 8 años.

El pronunciamiento de los magistrados superiores del Poder Judicial, se dio en el marco de la casación Nro. 1464-20 21 Apurimac, presentada por un grupo de manifestantes condenados a 4 años de cárcel suspendida y a un pago de una reparación civil de 2 mil soles. Los solicitantes pedían la anulación de la sentencia emitida en su contra.

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Los ciudadanos condenados son Alejandro Huillca Pinares, Julían Ochoa Aysa, Alejandra Ochoa Puma y Rodmy Alfonso Cabrera Espinal. Según la acusación Fiscal el 7 de mayo del 2016, junto a otros pobladores bloquearon la carretera Apurimac – Cusco en el sector de la comunidad campesina de Quehuira, distrito de Challhuahuacho.

El grupo provistos de bambalinas bloquearon la carretera e impidieron el desplazamiento de camiones que transportaban cobre concentrado. Con esta acción incurrieron en el delito de entorpecimiento al funcionamiento de los servicios públicos públicos, especificado en el artículo 283 del Código Penal.

Artículo 283 del Código Penal

Toma las carreteras no es un derecho

Los magistrados de la Corte Suprema consideraron que el derecho a la reunión, expresión y asociación no puede ser usado como pretexto para la toma violenta de carreteras. Realizar este tipo de acciones afectando el derecho al libre transito de personas que no participan de la manifestación  «degradan y deslegitima irremediablemente la protesta».

Vigesimoprimero numeral de la casación Nro. 1464-20 21 Apurimac

Este razonamiento llevo a los magistrados a concluir que la sentencia condenatorio para este caso se ajusta al principio de legalidad, puesto que al interrumpir el transito, los ahora condenados incurrieron en el delito de entorpecimiento al funcionamiento de los servicios público.

El derecho a la protestas es un desvalor

Algo que llama la atención de la sentencia y que es objeto de críticas es lo mencionado en el numeral decimoquinto de la sentencia donde se hace referencia al derecho a la protesta, catalogándolo de un «desvalor».

Advierten que las acciones violentas en las protestas como la toma de carreteras que buscan «imponer a cualquier precio una opinión, minoritaria o no, incluso si para ello se tiene que dañar o lesionar» no forman parte de los derechos a la reunión o libertad de expresión, puesto que estos encierran valores de verdad y tolerancia que se ejercen de modo pacifico.

En ese sentido protesta que busque lesionar de derechos, agredir físicamente, cause daños a propiedad pública o privada, entorpezca servicios básicos, bloquee de carreteras, ingrese violento a instalaciones públicas o privadas, destrucción de bienes sociales o públicos o destrucción de documentos judiciales son anticonstitucionales puesto que forman parte de ningún derecho.

El estado debe proteger el derecho a la protesta

La resolución judicial no ha sido objeto de críticas por varios jurista, por deslegitimizar el derecho a la protesta. Al respecto el Instituto de democracia y derechos humanos a la PUCP por medio de un comunicado a manifestado su preocupación por manifestado.

El documento manifiesta que el derecho a la protesta se manifiesta en los derechos a la libertad de expresión, reunión y asociación. Por ello al ejercer su derecho a la protesta los ciudadanos deben ser protegidos estado, que no debe criminalizar la protesta.

 

Médicos de EsSalud hacen caer posible convocatoria direccionada

Los médicos de EsSalud Arequipa consiguieron dejar sin efecto una cuestionada convocatoria posiblemente direccionada que ponía en riesgo a los pacientes del servicio de Ginecología Oncológica del Hospital Nacional Carlos Alberto Seguín Escobedo (HNCASE) además de ir en contra de las normas de desplazamiento del personal del EsSalud. Y es que desde un principio las bases estuvieron mal elaboradas y el único postulante en carrera no cumplía con el perfil de ginecólogo – oncólogo.

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El proceso de selección de personal por reemplazo de la Red Asistencial Arequipa (RAAR) (P.S. 001-PVA-RAARE- 2023) fue publicado en el portal web de EsSalud el 19 de abril y entre los médicos solicitados en encontraba una plaza de médico especialista (ginecología y obstetricia – COD.P1MES-002).

Las bases estuvieron mal elaboradas despertando suspicacias entre los médicos de EsSalud

TODO MAL DESDE EL PRINCIPIO

Los médicos del departamento de Ginecología y Obstetricia requerían un profesional ginecólogo obstetra con subespecialidad en Ginecología Oncológica en beneficio de los pacientes de Gineco Oncológicas y así se lo hicieron conocer a la oficina de personal de la RAAR.

Sin embargo, la convocatoria fue publicada pero no conforme al requerimiento exigido por la unidad solicitante porque a los postulantes se les exigía de forma indispensable acreditar copia simple del Título Profesional de Médico Cirujano y Resolución de SERUMS, copia simple de Diploma de Colegiatura y Habilitación Profesional vigente a la fecha de inscripción, copia simple del Título de Médico Especialista, copia simple del Registro Nacional de Especialista.

Sin embargo, el título y/o constancia de Segunda Especialidad en Ginecología Oncológica que también debía ser obligatorio, inexplicablemente solo era deseable.

Los galenos no concebían que en la convocatoria el requisito que debía ser indispensable solo fuera considerado como deseable.

El proceso de selección se fue llevando a cabo por la comisión seleccionadora. Hubo 18 inscritos, entre ellos varios médicos con el grado de Ginecólogo Obstetra y otros con el perfil de Ginecólogo Obstetra con Subespecialidad en Ginecología Oncológica.

Ellos rindieron la prueba de conocimientos y solo uno quedó apto, pero este profesional no cumplía con el perfil exigido para el puesto al ser Ginecólogo Obstetra.

Los galenos del HNCASE observaron que dicho profesional no podría ser programado en Ginecología Oncológica al no contar con la subespecialidad exponiendo a problemas médico legales.

SIN DESPLAMIENTO INTERNO DE MÉDICOS DE ESSALUD

En EsSalud, existe la política por norma del desplazamiento interno desde hospitales de niveles más bajos hacia los hospitales de mayor nivel, por tanto, primero se debió convocar internamente a los profesionales existentes en la región Arequipa que cumplan con el perfil exigido por el Departamento de Ginecología y Obstetricia del HNCASE.

Si hubiera prosperado la convocatoria se hubiera puesto en riesgo a los pacientes del HNCASE.

Sin embargo, al realizarse una convocatoria externa por parte de la Oficina de Personal del RAAR se incumplió con el debido procedimiento y se transgredió el desplazamiento interno del personal.

SE CAE CONVOCATORIA

Ante la suma de cuestionamientos de parte de los médicos de EsSalud, la comisión de selección de personal, resolvió el 12 de mayo dejar sin efecto el cargo convocado de médico especialista en Ginecología y Obstetricia del código P1MES-002 argumentando ”trámites administrativos internos debidamente sustentados”.

Ante el reclamo de los galenos, la comisión evaluadora dejo sin efecto el cargo convocatoria del código P1MES-002.

Dinosaurios robotizados: Un viaje a la prehistoria

Los dinosaurios desaparecieron del planeta hace más de 65 millones de años al estrellarse un enorme asteroide contra la tierra, pero los niños los tienen aún presentes y ahora pueden hacer un viaje hacia el pasado y observar a los enormes reptiles en tamaño real en la exposición “Dinosaurios Robotizados” donde encontrarán 50 seres animatrónicos. Entre ellos al espectacular Tiranosaurio Rex, el más conocido y temido de todos en esos tiempos.

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La exposición muestra animales de dos épocas distintas. La primera esta dedicada a la Era de Hielo y la segunda  al periodo Jurásico. Y existe una dedicada a seres mitológicos.

MAMUTS Y DIENTES DE SABLES

En la era de Hielo quien acapara todas las miradas es el imponente Mamut. Este animal es miembro de la familia de los elefantes con colmillos que podían alcanzar los tres metros. Además, estaba cubierto de una tupida capa de pelo y desapareció hace ocho o nueve mil años. El mamut esta acompañado de los mastodontes y otros mamíferos de la época.

El mamut desapareció de la tierra hace 8 o 9 mil años. Sus colmillos podían llegar a los tres metros de largo.

En exposición también se encuentra el Dientes de Sable con las diferentes especies que habitaron nuestro planeta. Estos felinos daban caza al Mamut.

DINOSAURIOS A ESCALA

En el área dedicada a exponer a los animales del periodo Jurásico y encontramos al Triceratops, el Stegosaurio, el iguanodón, el Lambeosaurio, el Dimetrodon, el Braquiosaurio entre otros.

En un apartado están los reptiles carnívoros y la gran atracción es una familia de Tiranosaurios Rex. La hembra es inmensa. En tamaño y corpulencia es mucho mayor que el macho al alcanzar 16 metros de largo y con una altura superior a los 5 metros. Sus mandíbulas poseen dientes de hasta centímetros que le hubieran permitido engullir a un hombre adulto de un solo bocado.

Más de 50 dinosaurios robotizados están exhibidos para el deleite del público asistente.

También podemos encontrar a los peligrosos Velociraptors que si actualmente vivieran con sus garras podrían cazar cualquier animal existente al ser rápidos, agiles e inteligentes.

SERES FANTÁSTICOS

En la zona de seres mitológicos, las estrellas son los dragones.  Hay ejemplares de distintas formas y colores. Incluso han colocado una gigantesca cabeza donde los visitantes pueden tomarse fotos.

PROMOVIENDO CULTURA Y EDUCACIÓN

“Esta es la segunda vez que estamos en Arequipa. Tenemos 50 seres animatroticos. Acá el objetivo es promover la cultura y educación porque todo el recorrido es guiado con especialistas que despejan cualquier duda de los visitantes. Los niños salen encantados con los dinosaurios”, indicó Gabriel Gonzales, productor de eventos educativos.

La presentación es una buena oportunidad para que los niños aprendan más de los dinosaurios.

La exposición de “Dinosaurios Robotizados” se realiza en el Mall Aventura Plaza y estarán hasta el 18 de junio. La entrada de lunes a viernes es de 20 soles para adultos mientras los niños pagan 15 soles, pero los fines de semana pagan 18 soles. Se pueden hacer reservas corporativas y colegios con un mínimo de 10 personas al mail reservas@dinosauriosperu.com.

15 años de cárcel para profesor por poseer videos sexuales de niños

El 24 de agosto próximo Luis Miguel Vilca Okendo cumplirá 39 años. El festejo por su onomástico será diferente este año. Lo pasara recluido en una cárcel, donde podría permanecer internado hasta 15 años, por poseer o distribuir videos sexuales de niños menores de 14 años.

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Como informamos con anterioridad el sujeto fue intervenido el 5 de mayo, en el centro poblado de Chalhuanca, en el distrito de Yanque, en la provincia de Caylloma. Camina rumbo a la institución educativa Juan Velazco Alvarado, donde laboraba como docente de computo.

La detención procedió luego que la Policía Nacional y Ministerio Publico concluyeron luego de realizar una series de pesquisas que existía justificación para detenerlo . En noviembre del 2022 Luis Vilca Okendo fue denunciado de tener en su poder videos donde se exhibían abusos sexuales contra menores de edad.

El delito en que habría incurrido el sujeto es el estipulado en el artículo 129 del Código Penal referido a la pornografía infantil.

Además de la intervención la autoridad allanó una habitación que alquila el sujeto en la localidad Chalhuanca y su inmueble del distrito de Cerro Colorado en Arequipa. Se ubico y decomiso una 01, Laptop, 04 Celulares, 02 Discos Duros y 17 USBs.

Durante inspección a su inmueble de Chalhuanca Luis Vilca Okendo, se hallaron celulares con videos sexuales de menores

En la revisión de lo dispositivos la Fiscalía habría ubicado videos que niños cuyas edades serían menor a 14 años, lo que de acuerdo al Código Penal Peruano es una forma agravada de cometer el delito.

PRISIÓN PREVENTIVA DE 9 MESES

Las evidencias hallados motivaron que Fiscal Pool Alarcón Barrionuevo en audiencia solicite a un magistrado del Poder Judicial, prisión preventiva de 9 meses contra Luis Miguel Vilca Okendo (39), tiempo que demorarían en desarrollarse las investigaciones.

El represente del Ministerio Público, sustento que la pena de cárcel para el sujeto podría ser de 15 años. Esto considerando que cometió una forma agravada del delito, al poseer videos de niños menores de 14 años. La sanción menor que recibiría sería de 10 años.

Fiscalía cita a representantes de minera Yanaquihua y contratista

Los representantes de la minera Yanaquihua SAC y la empresa contratista Sermigolg en los siguientes horas deberán presentarse a declarar ante la fiscalía al aperturarse una investigación preliminar contra los que resulten responsables de la muerte de 27 trabajadores de la labor minera Esperanza 1, en la provincia de Condesuyos, región de Arequipa.

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El fiscal a cargo de la investigación es Giovanni Mattos Palza, de la fiscalía provincial penal corporativa de Condesuyos, quien dispuso recabar las declaraciones de los representantes de la minera Yanaquihua SAC y de la empresa contratista.

La fiscalía recabará información sobre los protocolos de seguridad en la mina.

Asimismo, se recabará información sobre los protocolos de seguridad, registros de los trabajadores, entre otra documentación. De igual forma, se practicarán las pericias o exámenes que se requieran para el caso.

PERFIL MINERA YANAQUIHUA  

La minera Yanaquihua S.A.C. extrae oro y el tipo de operación es subterránea en la mina Esperanza que cuenta con nueve bocaminas todas comunicadas en interior como son Cerro Rico, Esperanza 1, Esperanza 2, Gertrudis, Teresa, la U, La 70, Consuelo 1 y Consuelo 2.

Entre los métodos de explotación están el minado convencional empleando equipos de perforación, perforación horizontal y vertical dependiendo de las zonas explotarse, el sostenimiento de las labores se realiza con madera: cuadros y puntales de seguridad entre otros.

La mina inicio sus operaciones el año 2000 y extraen oro principalmente.

La minera fue creada el año 2000 y es titular de sus propiedades mineras ubicadas en el distrito de Yanaquihua, provincia de Condesuyos, departamento de Arequipa con una producción de 15,000 onzas anuales de oro.